Normativa de obligado cumplimiento para todas las empresas del sector alimentario. (Reglamento 852/2004). Desde grandes industrias a comercios minoristas. Se trata de un protocolo de actuación interno y escrito que responde a sistemas de autocontrol, basado en el análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC), sujeto a inspecciones de sanidad.
El plan de seguridad alimentaria tiene carácter preventivo y su objetivo es garantizar la seguridad alimentaria.
Todas las personas que trabajan en el sector alimentario deben conocer y cumplir prácticas correctas de higiene. También aquellas que tienen contacto directo con los alimentos durante su preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, venta, suministro y servicio.
Es de obligado cumplimiento para todas las empresas de alimentación, conocer y tener la formación necesaria para poder informar y poner a disposición de los clientes la presencia en los alimentos de las sustancias o productos que causan alergias y/o intolerancias (Reglamento 1169/2011).
Según la normativa actual, se debe informar de los siguientes 14 alérgenos: Soja, Altramuz, Moluscos, Gluten, Frutos con cáscara, Granos de sésamo, Sulfitos, Apio, Crustáceos, Mostaza, Cacahuetes, Pescado, Leche y huevos.
Promover el consumo de productos de temporada, de proximidad, ecológicos y ambientalmente sostenibles; Facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin ningún coste adicional, los alimentos que no haya consumido, e informar de esta posibilidad de manera clara y visible en el mismo establecimiento, preferentemente en la carta o el menú; Utilizar envases para el traslado de alimentos no consumidos que sean aptos para el uso alimentario, reutilizables, compostables o fácilmente reciclables, y admitir que el consumidor lleve su propio envase; Adoptar una jerarquía de prioridades con las PDA; Evitar actuaciones orientadas a dejar los alimentos en condiciones no aptas para el consumo o la valorización y velar por: Capacitar a los trabajadores para que actúen de manera activa en la reducción del desperdicio alimentario e implicarlos en esta acción; Aplicar medidas para incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima; Promover la prevención de residuos mediante acciones para reducir el desperdicio alimentario e informar a los consumidores sobre los hábitos de consumo más responsables; Fomentar las líneas de venta de productos con imperfecciones o desperfectos; Incorporar o mejorar la información sobre el aprovechamiento de los alimentos y de los biorresiduos; Mejorar la segregación de la fracción orgánica y Fomentar la venta de alimentos a granel.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS para todas las empresas que NO se consideren microempresas (empresas que ocupan menos de 10 personas y tienen un volumen de negocio anual o un balance general anual no superior a 2 millones de €):